Hacienda estará atenta a posibles donaciones encubiertas.

Hacienda estará atenta a posibles donaciones encubiertas. 3f506g

Sociedad

Hacienda lo confirma: multará en estos casos a las personas que compartan cuentas bancarias con sus hijos 5f2941

Cada vez más padres comparten cuentas bancarias con sus hijos sin saber que Hacienda puede ver en ello una donación encubierta. n1j49

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Cada vez más familias deciden abrir cuentas bancarias conjuntas entre padres e hijos para facilitar la gestión del dinero. Ya sea para hacer transferencias, cubrir gastos o dar una cierta autonomía financiera, esta práctica se ha vuelto común.

Pero hay algo que muchos ignoran: aunque no es ilegal, puede suponer un problema con la Agencia Tributaria si no se hace bien.

La clave está en el uso que se hace del dinero. Si un padre transfiere fondos a esa cuenta y su hijo los emplea sin que haya un contrato de préstamo formalizado, Hacienda podría interpretarlo como una donación encubierta.

¿Un problema fiscal? 2f5f3p

La legislación fiscal española contempla que cuando una persona incrementa su patrimonio a costa de otra, debe declararse como una transmisión lucrativa.

Eso significa que, si el hijo dispone del dinero sin devolverlo o sin que exista un documento que justifique el préstamo, se está incurriendo (según Hacienda) en una donación que debe tributar.

El problema no es nuevo ni desconocido por los bancos, que están obligados a alertar a la Agencia Tributaria si detectan movimientos sospechosos.

Estos protocolos sirven para prevenir el fraude, especialmente en casos donde se intenta esquivar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Según la Ley 29/1987, junto con la Ley General Tributaria, compartir una cuenta puede derivar en sanción si la istración concluye que hay una cesión patrimonial no declarada.

Es decir, el simple hecho de ingresar dinero en una cuenta conjunta puede tener implicaciones legales si quien lo recibe lo usa libremente y no se justifica como préstamo.

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El criterio es claro: si el patrimonio del padre disminuye y el del hijo aumenta en paralelo, Hacienda puede entender que hay una donación.

Esto se agrava cuando no se presenta el modelo 651 ante la comunidad autónoma correspondiente para declarar ese traspaso como donación.

Si el hijo gasta fondos aportados por el progenitor sin documentos que lo amparen como préstamo, "la Agencia Tributaria podría considerar que se trata, precisamente, de una donación fraudulenta".

El Código Civil, en su artículo 6.1, deja poco margen: "el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento". Así que no vale alegar que se desconocía el trámite o que se actuaba de buena fe.

Ojo con las sanciones 3si5g

No declarar correctamente una donación conlleva sanciones importantes. La Agencia Tributaria puede imponer multas de entre el 50% y el 150% del importe defraudado, en función de la gravedad, ocultación o intencionalidad.

Por ejemplo, si el hijo gasta entre 5.000 y 6.000 euros sin haber formalizado un préstamo o declarado una donación, el coste final en sanciones podría llegar a los 3.000 euros. A esto habría que añadir los intereses generados.

Es importante recordar que el hecho de compartir una cuenta bancaria no es delito en sí mismo. Lo sancionable es la transferencia encubierta de dinero entre familiares sin haber cumplido con las obligaciones fiscales correspondientes.

La solución es sencilla: si lo que se pretende es ceder dinero a un hijo, hay que declararlo. Si se trata de un préstamo, debe constar por escrito. Y si se comparte una cuenta, conviene tener muy claro quién ingresa, quién gasta y con qué justificación.

En un escenario donde Hacienda puede acceder incluso a las operaciones por Bizum a partir de 2026, conviene actuar con transparencia.